La Consejería de Cultura y Deporte ha publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA número 234, 4 de diciembre de 2025) la ampliación del crédito de las subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a la adquisición de instrumentos musicales para las bandas de música radicadas en Andalucía, pasando de los 300.000 euros de crédito inicial a los 400.000 euros.
Dicha cantidad se destinará a la concesión de las citadas ayudas a las entidades que no hayan resultado beneficiadas por agotamiento de la partida, siguiendo el orden correlativo de entrada en la Ventanilla Electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía. Con esta aportación, se podrán atender un mínimo de 40 solicitudes más, dado que la cuantía total máxima será igual o inferior a 2.500 euros por beneficiario.
Estas ayudas, convocadas el pasado 1 de septiembre, se dirigen a las asociaciones o fundaciones culturales de carácter musical sin ánimo de lucro y las hermandades y cofradías que tengan vinculadas o adscritas bandas de música, que estén inscritas en el registro público que resulte exigible conforme a su normativa de aplicación y tengan su domicilio social en la comunidad autónoma andaluza.
La consejera Patricia del Pozo ha destacado que «las bandas de música, que por vez primera van a contar con el respaldo de la Junta de Andalucía, han constituido tradicionalmente una parte esencial de la cultura musical, ocupando espacios de aprendizaje y de transmisión de conocimientos donde se cultiva el esfuerzo, la constancia y el amor por la música».
«Estas formaciones mueven a miles de personas, organizan desfiles procesionales y festivales, concursos y conciertos multitudinarios y forman a músicos de élite, dinamizando la cultura local, contribuyendo a la conservación de una parte importante del patrimonio cultural y representando un vehículo perfecto para acercar al público una amplia y rica oferta musical«, ha señalado la consejera.
Son subvencionables los gastos por la adquisición de instrumentos de viento de madera y metal, de percusión y cualesquiera otros utilizados por las bandas, quedando expresamente excluido la adquisición de cualquier tipo de accesorio, excepto los de los instrumentos de percusión, atriles de concierto, luces de atril, mamparas separadoras de percusión, tarimas elevadoras para set de percusión o secciones viento metal.




