miércoles, 24 diciembre 2025

Andalucía moviliza cinco millones en subvenciones municipales para actuaciones frente al cambio climático

El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía recoge la convocatoria de la Consejería de Sostenibilidad dirigida a municipios de más y de menos de 50.000 habitantes

El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) publica la Orden de 15 de diciembre de 2025 por la que se convocan las ayudas destinadas a municipios andaluces para la realización de actuaciones frente al cambio climático, con un presupuesto total de cinco millones de euros. Esta convocatoria de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente se enmarca en la Orden de 4 de noviembre de 2025, que aprueba las bases reguladoras de estas subvenciones, y se articula en régimen de concurrencia no competitiva, lo que permite una tramitación ágil de las solicitudes conforme al orden de entrada y al cumplimiento de los requisitos establecidos.

La convocatoria tiene como finalidad apoyar a las entidades locales de Andalucía en el desarrollo de proyectos que contribuyan a la lucha frente al cambio climático desde el ámbito municipal, mediante actuaciones orientadas tanto a la mitigación de las emisiones de gases de efecto invernadero como a la adaptación a los impactos derivados del calentamiento global. Estas ayudas se dirigen a la transformación de espacios urbanos y periurbanos, incorporando criterios de resiliencia climática y potenciando soluciones basadas en la naturaleza que refuercen la capacidad de los ecosistemas como sumideros de carbono.

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Podrán ser entidades beneficiarias los ayuntamientos de los municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía, diferenciándose dos líneas de subvención en función del tamaño poblacional. La línea 1 está destinada a municipios con una población igual o superior a 50.000 habitantes, mientras que la línea 2 se dirige a municipios con menos de 50.000 habitantes, tomando como referencia los datos de población correspondientes al último año publicado por el Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía en la fecha de publicación de la convocatoria en el BOJA.

El crédito disponible previsto inicialmente para la puesta en marcha de esta convocatoria asciende a cinco millones de euros, que se distribuyen de manera equilibrada entre ambas líneas de subvención. Cada una de ellas cuenta con una dotación total de 2,5 millones de euros, repartidos en dos anualidades. Para el ejercicio 2026 se destinan 1.351.240 euros por línea, mientras que para 2027 se asignan 1.148.760 euros en cada caso. Esta planificación plurianual permite acompasar el desarrollo de los proyectos municipales a un calendario de ejecución que garantice su correcta implantación y seguimiento.

Las subvenciones están cofinanciadas por el Programa Andalucía FEDER 2021-2027 y fondos propios de la Junta de Andalucía. En concreto, estas ayudas contribuyen al objetivo específico RSO 2.4, orientado a favorecer la adaptación al cambio climático y la prevención del riesgo de catástrofes, teniendo en cuenta los enfoques basados en los ecosistemas y promoviendo medidas que incrementen la capacidad de sumidero y reduzcan las emisiones de gases de efecto invernadero.

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La cuantía de la subvención concedida podrá alcanzar hasta el 100% del presupuesto aceptado correspondiente a los gastos subvencionables. En el caso de la línea 1, dirigida a municipios de mayor tamaño, la ayuda máxima por proyecto se fija en 500.000 euros, mientras que para la línea 2, destinada a municipios de menos de 50.000 habitantes, el importe máximo asciende a 250.000 euros. En ambos casos, la cuantía mínima de subvención es de 50.000 euros, garantizando así una dimensión suficiente de los proyectos para que tengan un impacto significativo en el ámbito local.

Acciones en entornos urbanos, educativos, ríos y estuarios

Las actuaciones subvencionables abarcan un amplio abanico de intervenciones orientadas a la renaturalización del entorno urbano y a la mejora del confort climático de la población. Entre ellas se incluyen proyectos de creación de espacios verdes urbanos, como parques, jardines, huertos urbanos, techos verdes o zonas recreativas con arbolado, concebidos para aumentar la capacidad de sumidero de carbono y reducir las emisiones de gases de efecto invernadero. También se contemplan las cubiertas verdes, los tejados ajardinados y los jardines verticales en edificios e infraestructuras públicas, así como la creación de bosques urbanos que contribuyan a mejorar la calidad del aire, reducir las temperaturas y generar espacios de sombra y descanso en el entorno urbano.

La convocatoria incorpora igualmente actuaciones de creación de espacios verdes en centros educativos, incluyendo jardines, huertos escolares, techos verdes y sistemas de aprovechamiento de agua de lluvia para riego, así como proyectos de restauración de ecosistemas costeros, como la recuperación y estabilización de dunas mediante vegetación autóctona o la regeneración de marismas y humedales costeros. Estas actuaciones buscan potenciar el papel de estos ecosistemas como amortiguadores naturales frente a fenómenos extremos y como captadores de dióxido de carbono. Asimismo, se incluyen proyectos de renaturalización de ríos y estuarios, la implantación de infraestructuras verdes sobre vertederos sellados y la creación de espacios exteriores de confort climático para mitigar el efecto isla de calor en zonas urbanas.

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En el caso de inversiones en infraestructuras o inversiones productivas, los bienes deberán destinarse al fin concreto para el que se concede la ayuda durante un periodo mínimo de cinco años desde el pago de la subvención, garantizando así la permanencia de los beneficios asociados a las actuaciones financiadas.

Las solicitudes deberán presentarse obligatoriamente por medios electrónicos, de acuerdo con lo establecido en la normativa sobre procedimiento administrativo común, y el plazo de presentación será de tres meses a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOJA. La instrucción y resolución de las solicitudes se realizará siguiendo el orden correlativo de entrada, siempre que se presenten de forma completa y hasta el límite de las disponibilidades presupuestarias. El órgano competente dispondrá de un plazo máximo de seis meses para resolver y notificar la resolución, contados desde la fecha de entrada de la solicitud en el registro electrónico correspondiente.

Más información: https://www.juntadeandalucia.es/eboja/2025/247/BOJA25-247-00060-17277-01_00330874.pdf

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