El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) del ámbito de Despeñaperros, Cascada de la Cimbarra y Cuencas del Río Guarrizas, se amplía el ámbito territorial del Parque Natural Despeñaperros y de la Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) Despeñaperros y se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural.
Este nuevo marco normativo supone una transformación significativa en la configuración y gestión de uno de los espacios naturales más representativos del norte de la provincia de Jaén, enclavado en Sierra Morena, al integrar en un único instrumento la ordenación, la planificación y las medidas de conservación de un ámbito territorial caracterizado por su elevada riqueza ecológica y su continuidad funcional.
La principal novedad del decreto es la ampliación del Parque Natural de Despeñaperros, que pasa de 7.649 hectáreas a 15.510 hectáreas, lo que implica prácticamente duplicar su superficie mediante la incorporación de 7.861 nuevas hectáreas. Esta ampliación se materializa mediante la integración del Paraje Natural Cascada de la Cimbarra y de parte de la Zona Especial de Conservación (ZEC) Cuencas del Rumblar, Guadalén y Guadalmena, en concreto terrenos vinculados a la cuenca del río Guarrizas.
El ámbito resultante abarca cinco términos municipales (Santa Elena, Aldeaquemada, Vilches, Navas de San Juan y Santisteban del Puerto), frente al único municipio incluido hasta ahora (Santa Elena), lo que refleja una mayor dimensión territorial y una visión más amplia de la gestión del espacio natural. Asimismo, el predominio de la titularidad pública se ve incrementado hasta alcanzar el 93% de la superficie, lo que facilita la planificación y ejecución de actuaciones de conservación y gestión.
Los terrenos incorporados presentan un marcado carácter serrano, con relieve abrupto y accesibilidad limitada, circunstancias que han favorecido la conservación de sus valores naturales. En este nuevo ámbito se localizan hábitats de interés comunitario, algunos de ellos prioritarios, así como poblaciones de especies relevantes incluidas en la normativa europea y autonómica de protección de la biodiversidad. La ampliación permite incorporar ecosistemas fluviales de ribera no representados previamente en el parque, lo que contribuye a diversificar los sistemas naturales presentes.
La continuidad ecológica entre los territorios que ya formaban parte del Parque Natural y los espacios ahora integrados constituye otro de los elementos clave de esta ampliación. La conexión entre hábitats y ecosistemas favorece el mantenimiento de los flujos ecológicos a escala de Sierra Morena y su enlace con otros espacios de la Red Natura 2000 en Castilla-La Mancha, lo que resulta determinante para especies con poblaciones fragmentadas como el lince ibérico o el águila imperial ibérica.
Junto a los valores naturales, el ámbito ampliado alberga también un relevante patrimonio cultural, con presencia de manifestaciones como pinturas rupestres que enriquecen el conjunto del espacio protegido y amplían su atractivo para quienes se acercan a este entorno.
La ampliación del Parque Natural lleva aparejada la modificación de los límites de la Zona de Especial Protección para las Aves Despeñaperros, que pasa a coincidir con el nuevo perímetro del espacio natural protegido. De este modo, se racionalizan las diferentes figuras de protección existentes y se facilita una gestión unitaria e integrada de los valores ambientales presentes en el territorio.
Este proceso ha contado con la participación de las administraciones locales y de los distintos agentes implicados, en el marco de los procedimientos de consulta pública, audiencia e información desarrollados conforme a la normativa vigente. Asimismo, el decreto ha sido informado por órganos como la Junta Rectora del Parque Natural y el Consejo Provincial de Medio Ambiente y de la Biodiversidad de Jaén, garantizando la incorporación de aportaciones técnicas e institucionales durante su tramitación.
Planes de gestión
Tras esta ampliación, el decreto aborda la aprobación de un nuevo Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) y de un nuevo Plan Rector de Uso y Gestión que actualizan y sustituyen los instrumentos vigentes desde 2004, adaptándolos a las actuales necesidades ambientales, sociales y normativas.
El nuevo PORN establece el marco general de protección, ordenación y uso del territorio. Entre sus contenidos se incluyen la identificación de prioridades de conservación, el análisis del estado de los hábitats y especies, la zonificación del espacio y la determinación de los usos permitidos y sus limitaciones, así como los criterios que deben orientar las distintas políticas sectoriales que inciden en el ámbito.
Además, incorpora aspectos que no estaban presentes en la planificación anterior, como el análisis de la conectividad ecológica, la consideración de los servicios ecosistémicos o la integración de la variable del cambio climático en la gestión del espacio natural. Asimismo, recoge un diagnóstico detallado de las principales presiones y amenazas que afectan a los valores naturales, en línea con los requerimientos establecidos por la normativa europea en materia de conservación.
Entre las prioridades de conservación identificadas se encuentran los ecosistemas fluviales, las formaciones rocosas con vegetación especializada, los robledales o melojares, así como diferentes formaciones de quercíneas como encinares, alcornocales, quejigares y dehesas. A ello se suma la atención a especies emblemáticas como el lince ibérico o determinadas aves rapaces, junto a otras especies de interés como la cigüeña negra.
Por su parte, el Plan Rector de Uso y Gestión concreta los objetivos operativos derivados del PORN y define las condiciones en las que pueden desarrollarse las distintas actividades en el espacio natural. Este plan establece las actuaciones necesarias para alcanzar los objetivos de conservación, incluyendo medidas orientadas a mejorar la resiliencia de las masas forestales frente al cambio global o a favorecer la permeabilidad de infraestructuras que puedan generar efectos barrera para la fauna. Asimismo, contempla actuaciones dirigidas a preservar la calidad del cielo nocturno en el ámbito del parque, en coherencia con la declaración de Sierra Morena como Reserva Starlight, incorporando criterios vinculados a la protección de este recurso natural.
Ambos planes cuentan con vigencia indefinida, lo que aporta estabilidad al marco de planificación y permite su revisión cuando así lo requieran las circunstancias. Además, introducen mejoras en la gestión administrativa al incorporar un régimen de intervención basado, en determinados supuestos, en la comunicación previa en lugar de la autorización, lo que contribuye a simplificar los procedimientos sin menoscabo de la protección ambiental.




