El Consejo de Gobierno ha aprobado, a propuesta de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente, el decreto por el que se declara la Zona Especial de Conservación (ZEC) Marismas del Odiel y se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) del Paraje Natural Marismas del Odiel y de las Reservas Naturales Isla de Enmedio y Marisma de El Burro, en la provincia de Huelva.
Con esta norma, el Gobierno andaluz da un paso decisivo en la consolidación de una gestión integral y unificada de uno de los humedales más emblemáticos del sur peninsular, alineando su protección con la normativa europea y nacional vigente y reforzando los instrumentos para su conservación a largo plazo. Asimismo, supone un hito normativo en la trayectoria de protección de las Marismas del Odiel, cuya singularidad ecológica y geográfica ha motivado desde los años ochenta del siglo XX su reconocimiento como Paraje Natural, Reserva Natural, ZEPA, Humedal Ramsar y Reserva de la Biosfera.
Ubicado en la provincia de Huelva, este conjunto de espacios naturales queda así plenamente integrado en la Red Ecológica Europea Natura 2000, con la declaración como ZEC del hasta ahora Lugar de Importancia Comunitaria (LIC) Marismas del Odiel. Esta designación supone su inscripción en el Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y el establecimiento de un régimen de gestión unificado para las distintas figuras de protección que concurren en este enclave. Al mismo tiempo, el decreto aprobado este miércoles actualiza los límites de la Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) Marismas del Odiel, adecuándolos a los de la nueva ZEC para facilitar la gestión coordinada de ambas categorías de protección.
El Paraje Natural Marismas del Odiel y sus Reservas asociadas se localizan en el sistema estuarino generado por la confluencia de los ríos Tinto y Odiel, extendiéndose por los términos municipales de Aljaraque, Gibraleón, Punta Umbría y Huelva. Esta ubicación privilegiada, donde confluyen dinámicas mareales y fluviales, da lugar a un mosaico de marismas y hábitats singulares que albergan una notable biodiversidad. Así, destacan las especies vegetales adaptadas a condiciones extremas y, muy especialmente, las aves, ya que el enclave constituye un área clave de paso, cría e invernada para numerosas especies migratorias.
Este decreto sustituye al hasta ahora vigente Plan Rector de Uso y Gestión, que databa de 1990, incorporando avances en materia de planificación ambiental y ajustándose al marco legislativo actual. Entre las principales novedades destaca la delimitación cartográfica detallada, elaborada a escala 1:10.000 sobre ortofotografía reciente, que permite una mayor precisión en la gestión territorial. Estos límites serán inscritos en el Registro de la Red de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía, junto con el resto de las figuras jurídicas actualizadas.
La aprobación del PORN conlleva, además, la definición de los objetivos, directrices y criterios que regirán el uso sostenible de los recursos del espacio, así como las medidas de conservación para los hábitats y especies que motivaron su inclusión en la Red Natura 2000. Este instrumento de ordenación, concebido con carácter indefinido, concreta el régimen de actividades y usos permitidos, estableciendo mecanismos que compatibilizan la conservación de los valores naturales con el desarrollo de usos tradicionales, científicos, educativos o recreativos compatibles.
En ese sentido, y en coherencia con el Marco Estatutario de la Red Mundial de Reservas de la Biosfera al que pertenece la Reserva Marismas del Odiel desde 1983, el plan dota a este espacio de una herramienta específica de gestión como exige la Unesco. La última ampliación de esta reserva, aprobada en 2017, incrementó aún más su relevancia internacional, sumándose a otras figuras de reconocimiento como el Convenio Ramsar, que la declaró Humedal de Importancia Internacional por su valor como hábitat de aves acuáticas.
Proceso de participación pública
La norma aprobada responde, además, a los principios de buena regulación exigidos por la normativa vigente. Se justifica por una razón de interés general, la protección del medio ambiente, y cumple con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia. Así, en su elaboración se ha seguido un proceso de participación pública, incluyendo trámites de audiencia e información a los ayuntamientos implicados y al Patronato del Paraje Natural, así como a entidades sociales y ambientales representativas.
Además, el plan adopta medidas concretas que permiten simplificar procedimientos administrativos, sin renunciar a las garantías ambientales. Así, determinadas actuaciones que no comprometen los valores protegidos podrán desarrollarse mediante comunicación previa, sin necesidad de autorización, siempre que no se hayan producido nuevas circunstancias que alteren las condiciones ambientales del espacio. Esta simplificación contribuirá a reducir cargas administrativas y fomentar la corresponsabilidad en la conservación por parte de usuarios y gestores.
En cuanto al marco competencial, el decreto se ampara en las competencias exclusivas reconocidas a Andalucía en materia de ordenación y gestión integral de los espacios naturales protegidos, incluyendo los hábitats marinos, y en la capacidad de desarrollar y ejecutar el derecho de la Unión Europea en esta materia. Se trata, por tanto, de un desarrollo normativo plenamente coherente con el ordenamiento jurídico estatal y europeo, que contribuye a dotar de estabilidad, claridad y previsibilidad al régimen de protección de este enclave natural estratégico.
El texto establece asimismo que, además del nuevo PORN, el régimen de gestión de la ZEC y ZEPA Marismas del Odiel quedará integrado por otros instrumentos como planes de manejo, conservación o recuperación específicos que puedan aprobarse para especies o hábitats concretos, así como otras medidas de conservación previstas en la normativa vigente. De esta forma, se articula un sistema de planificación abierto, dinámico y adaptativo, capaz de responder a las necesidades de conservación a medio y largo plazo.