miércoles, 9 julio 2025

La Junta inicia la tramitación de la orden para regular la figura del guarda jurado de caza

El nuevo perfil profesional ejercerá funciones de vigilancia en espacios cinegéticos y en zonas de pesca fluvial

El Consejo de Gobierno ha tomado conocimiento del inicio de la tramitación de la orden de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente por la que se regula la figura del guarda jurado de caza y por la que se aprueban los requisitos y el procedimiento de acreditación para ejercer sus funciones.

La regulación de esta figura responde a la necesidad de reforzar la gestión responsable de los recursos naturales, incorporando una formación especializada que permita una protección eficaz de los ecosistemas donde se desarrolla la actividad cinegética. Se trata de un paso decisivo para dotar de seguridad jurídica y claridad normativa a un perfil profesional con un papel esencial en el equilibrio entre conservación y aprovechamiento sostenible del medio natural.

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En Andalucía, la caza tiene una raíz cultural, social y económica, especialmente en las zonas rurales, donde actúa como motor de desarrollo y fijación de población. Esta actividad, compatible con la conservación de la fauna silvestre, representa un ejemplo de uso racional de los recursos naturales que, a su vez, requiere una adecuada vigilancia. Tradicionalmente, esta función ha recaído en los guardas de coto de caza, una figura que convivía hasta ahora con el guarda rural con la especialidad de guarda de caza, regulada a nivel estatal. Esta coexistencia normativa había generado, sin embargo, incertidumbres en la aplicación práctica y en el reconocimiento de funciones.

Para dar respuesta a esa situación, la Junta de Andalucía aprobó a principios de 2024 un marco legal que permite avanzar hacia una nueva figura adaptada a las necesidades actuales del territorio: el guarda jurado de caza. Esta figura queda reconocida en el artículo 98 bis del Reglamento de Ordenación de la Caza en Andalucía, introducido en el Decreto ley 3/2024. La tramitación de la nueva orden desarrollará dicho precepto, detallando el procedimiento para la obtención de la acreditación, los cursos de formación necesarios, su homologación y los requisitos para el ejercicio de la profesión.

El objetivo de esta normativa es establecer un sistema claro y riguroso que regule de forma integral la figura del guarda jurado de caza, dotándolo de formación especializada y funciones claramente definidas. Este perfil ejercerá su actividad exclusivamente en los espacios cinegéticos en los que preste servicio, garantizando el cumplimiento de la legislación vigente, en coordinación con los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad y con el personal competente en vigilancia y protección ambiental de la Junta de Andalucía.

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Entre las funciones previstas se encuentra la vigilancia de la actividad cinegética y de los hábitats donde se desarrolla, así como la colaboración en la ejecución y seguimiento de los planes técnicos de caza, especialmente en lo que respecta a la caza selectiva y al control de poblaciones. Igualmente, prestará auxilio a los Agentes de Medio Ambiente en las tareas de conservación de los ecosistemas y en la lucha contra prácticas ilegales, como el uso de cebos envenenados, denunciando aquellos comportamientos que puedan constituir infracciones penales o administrativas.

Este perfil también podrá asistir a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad tanto en las tareas directamente vinculadas a la vigilancia cinegética como en la prevención y extinción de incendios forestales. Además, tendrá entre sus cometidos la protección de personas y bienes en fincas rústicas, así como la vigilancia en instalaciones agrícolas, industriales o comerciales situadas en estos entornos, especialmente en los espacios de pesca fluvial, que se incorporan de manera explícita a su ámbito de actuación.

Junto a la definición de estas funciones, la orden establecerá un sistema de formación obligatorio. Los futuros guardas jurados de caza deberán contar con una doble cualificación: la habilitación estatal como guarda rural con especialidad en caza y, además, el certificado andaluz de capacitación cinegética expedido por entidades homologadas por la Junta de Andalucía.

Además, la Orden contempla un régimen transitorio para los actuales guardas de coto habilitados antes del 31 de diciembre de 2024, que podrán continuar desarrollando sus funciones conforme a la normativa vigente en ese momento hasta el fin de su vida laboral. De este modo, se garantiza la continuidad del servicio sin generar situaciones de incertidumbre o vacío legal, al tiempo que se facilita la adaptación progresiva al nuevo modelo regulador. Esta iniciativa responde a una demanda creciente del sector, de los gestores del territorio y de la ciudadanía, que reclaman un modelo de gestión cinegética más profesionalizado, con personal cualificado y con competencias bien definidas.

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Esta medida se inscribe en la estrategia del Gobierno andaluz de avanzar hacia una gestión más eficaz, transparente y profesionalizada de los espacios naturales. Integrar la gestión cinegética en el conjunto de las políticas de conservación ambiental es una de las claves para preservar la biodiversidad, prevenir amenazas y lograr que la actividad cinegética sea plenamente compatible con los objetivos de sostenibilidad. La Junta de Andalucía subraya la importancia de dotar a los profesionales del campo de las herramientas necesarias para desarrollar su labor con garantías, especialmente en ámbitos tan sensibles como la protección de la fauna, la flora y los hábitats naturales.

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