El consejero de Sanidad, Presidencia y Emergencias, Antonio Sanz, ha firmado con las diez universidades públicas de Andalucía un convenio que permitirá la realización de prácticas académicas externas por parte del alumnado en los centros e instituciones de la consejería y del Servicio Andaluz de Salud (SAS). Este nuevo convenio renueva el anterior que estuvo vigente desde 2016.
Así, junto al consejero de Sanidad, Presidencia y Emergencias, han rubricado el convenio la directora gerente del SAS, Valle García, y los rectores de las universidades de Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Málaga, Sevilla, así como la Universidad Internacional de Andalucía y la Pablo de Olavide de Sevilla.
Al amparo de este convenio, podrán participar en las prácticas el alumnado matriculado en estudios no sanitarios conducentes a títulos universitarios oficiales de grado, máster y doctorado, así como a títulos propios impartidos por las universidades. Durante el curso 2023-2024, un total de 287 alumnos realizaron 66.720 horas de prácticas en los centros e instituciones de la consejería y del SAS.
El Espacio Europeo de Educación Superior supone que las enseñanzas universitarias, en general, y las de carácter oficial, en particular, hayan incrementado los tiempos de formación práctica, que debe desarrollarse en entornos laborales relacionados con la materia propia de los estudios correspondientes.
En este sentido, la Consejería de Sanidad, Presidencia y Emergencias y el Servicio Andaluz de Salud resulta ser un escenario idóneo en el que el estudiantado universitario puede recibir una formación práctica de alta calidad.
El objetivo de estas prácticas es permitir a los estudiantes universitarios aplicar y complementar los conocimientos adquiridos en su formación académica, favoreciendo la adquisición de competencias que los preparen para el ejercicio de actividades profesionales, faciliten su empleabilidad y fomenten su capacidad de emprendimiento.
Concretamente, se pretende que las prácticas logren contribuir a la formación integral de los alumnos complementando su aprendizaje teórico y práctico; faciliten el conocimiento de la metodología de trabajo adecuada a la realidad profesional en que los alumnos habrán de operar, contrastando y aplicando los conocimientos adquiridos; favorezcan el desarrollo de competencias técnicas, metodológicas, personales y participativas; les permitan obtener una experiencia práctica que facilite la inserción en el mercado de trabajo y mejore su empleabilidad futura, y, finalmente, que favorezca los valores de la innovación, la creatividad y el emprendimiento.
Para la realización de las prácticas, el alumnado contará con una persona tutora de prácticas designada por la dirección del centro sanitario o administrativo donde se va a realizar la práctica, que se gestionará a través de la Unidad de Formación Continuada del centro o de la unidad administrativa correspondiente.
El convenio también permite que las universidades firmantes puedan acordar con otras universidades la incorporación de alumnado en las prácticas en la Consejería de Sanidad, Presidencia y Emergencias y en el Servicio Andaluz de Salud, que tendrá los mismos derechos y obligaciones que el perteneciente a la universidad pública firmante del convenio.
En desarrollo del convenio, la Consejería de Sanidad, Presidencia y Emergencias y la Universidad correspondiente firmarán una adenda anual en la que se recogerá el importe concreto que pagará la consejería a la Universidad para compensarla económicamente por el importe de la cotización a la Seguridad Social de las prácticas académicas externas no remuneradas curriculares.
Compromisos
En el marco de este convenio, la Consejería de Sanidad, Presidencia y Emergencia y el Servicio Andaluz de Salud, en calidad de centros colaboradores, se comprometen con las universidades a entregarles la información detallada sobre las estructuras de gestión y servicios disponibles para ser utilizadas en la formación del alumnado.
Asimismo, apoyarán al alumnado mediante las tutorías de prácticas, durante la realización de las prácticas, para facilitar el desempeño de las actividades que realizarán de acuerdo con la descripción académica del proyecto formativo contenida en el documento.
Junto a ello, designarán profesionales en los centros e instituciones de la consejería y del SAS para que ejerzan la tutoría de prácticas, ocupándose de supervisar las actividades y controlar el desarrollo de las prácticas del alumnado.
Por su parte, cada una de las universidades se compromete, entre otras cuestiones, a garantizar el carácter plenamente formativo de las prácticas académicas externas y que las condiciones de realización por parte del alumnado sean las adecuadas y sujetas a su interés formativo primordial.
Además, tendrán que velar por la realización de las prácticas conforme a la normativa específica de desarrollo de las prácticas académicas externas que haya sido aprobada por sus órganos de gobierno; entregar a la Consejería de Sanidad, Presidencia y Emergencias y al SAS la información referida a las necesidades potenciales de plazas para la realización de las prácticas, y designar a los tutores académicos de las prácticas, así como a reconocer la actividad colaboradora de las personas tutoras de prácticas.




